sábado, 9 de marzo de 2013

La administración bajo los Austrias



La monarquía y el poder real
La organización político - administrativa durante el Medievo en los reinos de la península ibérica era una Monarquía, basada en dos principios los cuales son: La religión (el cristianismo) y el ordenamiento romano canónico. El origen de la monarquía española tiene lugar con la unión de las dos Coronas, Castilla y Aragón.  
Felipe II añade en 1580 Portugal hasta que se independiza en 1640.
 La Corona de Castilla integraba sus territorios mediante la accesión, excepto Navarra (era un reino independiente, añadido por voluntad de Fernando el Católico). Los Austrias ejercían en este reino un absolutismo y su poder era mayor que en el reino de Aragón.
La Corona de Aragón está formada por territorios independientes (Cataluña, Valencia, Mallorca) y respeta las instituciones y regímenes jurídicos de estos territorios. La forma característica del gobierno de estas tierras era el pactismo (Conceso). El gobierno de la Monarquía española se construyó en base a una diarquía (Isabel y Fernando gozaban de poderes análogos en los respectivos territorios) Pero a partir de Carlos I se considera la necesidad de una unificación institucional y jurídica del gobierno, que se manifiesta claramente desde Felipe IV.

El rey y la Corte
En la Corte se desarrollaba una importante burocracia. A partir del gobierno de Felipe II la Corte toma un lugar fijo, que podía ser Valladolid, Toledo o Madrid. También toman sede fija entonces los Ministerios y los Consejos. El rey recibe el poder de Dios como su representante en la tierra y tiene el poder legislativo, ejecutivo y judicial.
Secretarios, validos, consejos y juntas.
Para el gobierno y la administración del reino los reyes contaban con los secretarios (de Estado, privados del Rey o del Despacho Universal) de manera permanente con los consejos y de forma habitual pero con carácter ocasional con las juntas (creadas para resolver o tratar aspectos concretos). A partir del siglo XVII, algunos soberanos considerados débiles nombran a los validos, para desempeñar las tareas correspondientes del Rey. Durante el gobierno de los Reyes Católicos se desarrolla un sistema polisinodial o de Consejos. Los oficios eran concedidos a término (por un tiempo determinado), por vida (mientras viviese el beneficiado) y por juro de heredad (que se podía transmitir a los herederos).

Los Reyes Católicos y las reformas político – administrativas
Tiene lugar la creación de dos Contadurías Mayores y una Contaduría Mayor de las Rentas, consideradas como el primer órgano para un Estado Moderno. Además hay la creación de la Santa Hermandad para restablecer el orden público en el medio rural. Se crean nuevos órganos como la Inquisición o las Órdenes Militares desarrollando la polisidonia que continúa con los Austrias. También empieza un proceso de centralización a través del régimen de corregidores. Se emprende la reforma del Consejo Real que pasa a llamarse Consejo Real de Castilla.
La administración Central. El sistema de Consejos o polisinodia.
El Consejo Real de Castilla se constituye en un órgano consultivo de carácter permanente y con un número de consejeros fijo. Tiene un abundante número de competencias acumuladas. El Consejo de la Inquisición fue creado por los Reyes Católicos en 1488 con el nombramiento del Inquisidor General, Tomás de Torquemada.
 El Consejo de las Órdenes Militares se creó en 1498 tras el nombramiento progresivo de los reyes como maestres de las respectivas Órdenes Militares españolas de Alcántara, Calatrava y Santiago para su gobierno y su administración personal.
Por último se incorpora el Consejo de Navarra tras su anexión a Castilla en 1515. Sus competencias más importantes son las de gobierno y, en menor medida, la legislativa.
Durante la Edad Media se consolida la actividad ganadera transhumante al mismo tiempo que se institucionaliza el Honrado Consejo de la Mesta. Los ganaderos serranos transhumantes acumulan una serie de privilegios de los reyes como la libertad de paso, la conservación de cañadas y la protección de los ganados. La Santa Hermandad (creada por luchar contra el bandolerismo y mantener el orden público) estaba organizada en ocho provincias que administraba la Junta Suprema que después pasó a formar parte del sistema polisinodial como Consejo de la Hermandad.
La administración territorial. La delegación del poder.
La Corona de Castilla se encuentra organizada en merindades, adelantamientos y gobernaciones o corregimientos, al frente de los cuales se encontraba un corregidor nombrado por el rey. En la administración de los territorios de la Corona de Aragón se da una administración intermedia: las Veguerías (circunscripción militar, judicial y administrativa al frente de la cual se encuentra el veguer) y las Bailías (circunscripción sólo de carácter local). En el reino de Navarra se crean circunscripciones gobernadas por oficios. Este territorio se divide en Merindades.

La Casa de Austria. Continuidad y consolidación.
Para el gobierno, los monarcas escogieron fundamentalmente a nobles y eclesiásticos. Sin embargo, para la administración escogían a letrados, desarrollando así una importante burocracia que se fue consolidando con el tiempo. A ese cuerpo burocrático se podía acceder de dos maneras: mediante el clientelismo de quienes ya formaban parte del aparato burocrático o enviando memoriales por parte de quienes pretendían un oficio, haciendo valer su preparación universitaria. Carlos I y Felipe II consolidan el sistema de Consejos y crean el Consejo de Indias en 1524 (tribunal de apelación de todas las causas civiles y criminales de los territorios americanos). El Consejo de Cruzada es creado en 1509 tiene como objeto administrar esta contribución para la cruzada contra el infiel.
El Consejo de Estado surge durante el reinado de Carlos I siguiendo el modelo de los consejos secretos o privados que ya existían en Francia o Inglaterra, al cual estarían reservados los negocios de mayor importancia y las relaciones con las demás potencias. El Consejo de Italia fue creado entre 1556 y 1559 para dirigir la administración de los territorios de Nápoles, Sicilia y el Ducado de Milán. También se institucionalizan otros Consejos como el de Flandes, el de Portugal o el de Guerra. Por otro lado, los Austrias Menores (Felipe III, Felipe IV y Carlos II) gobiernan la monarquía con un valido o Ministro principal. Se mantiene el régimen de Consejos.

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1 comentario:

  1. Estimada Ramona:
    "Ordenamiento romano canónico" debe referirse al Derecho Romano, cuya recuperación durante la Baja Edad Media constituye una de las bases de las Monarquías del Renacimiento.
    Atentamente,

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